Gestión del Crédito
GESTIÓN DE CUENTAS A COBRAR
Gracias al acuerdo con CTI Tecnologia y Gestión, filial de INFORMA D&B ponemos a su disposición esta solución global que le permite gestionar de una forma integral sus créditos cubriendo todo su ciclo de vida.
Con esta Solución dispondrá de:
- Servicios de conformidad y notificación: conformidad técnica y comercial, notificaciones al deudor del crédito y tramitación de incidencias.
- Servicios de prevención: gestión de ilocalizables y verificación bancaria.
- Servicios de prevencimiento: preaviso de vencimiento, negociación con deudores y gestión de retrasos.
GESTIÓN DE MOROSIDAD COBRAR
Servicio integral de recuperación de impagados para todo tipo de carteras que permite el tratamiento automatizado y masivo de sus expedientes así como la gestión personalizada de cada uno de sus impagados, prestado por CTI Tecnología y Gestión, filial de INFORMA D&B, especializada en este tipo de servicios.
Este Servicio le ofrece:
- Diseño de una estrategia personalizada.Máxima especialización.
- Acceso online a consultas de la situación de sus impagados, gestión de sus expedientes, descargas de estadísticas de su cartera, informes de recomendación, etc.
- Plataforma experta de gestión telefónica de cobro.
- Red de abogados y colaboradores.
RECOBRO MONITORIO ONLINE
La manera más cómoda, rápida, eficaz y económica de recobrar sus impagados.
Gracias a la colaboración con Recobralia, empresa especializada en el recobro de impagados a través del Proceso Monitorio, INFORMA D&B le ofrece la posibilidad de reclamar sus deudas pendientes en condiciones preferentes
Con el Servicio de Recobro de INFORMA D&B podrá reclamar cualquier deuda dineraria, vencida y exigible entre 400 y 30.000 euros, de la forma más rápida, sencilla y eficaz, tramitando on line el Proceso Monitorio, procedimiento legal sin pleito y exento de tasas judiciales.
Con este Proceso se beneficia de:
- Máxima eficacia, con un éxito de recuperación del 45% y de ejecución y embargo del 39%, según los datos del Consejo General de Poder Judicial.
- Menos coste, precio fijo del servicio y sólo en caso del cobro de la deuda, un porcentaje sobre la cantidad reclamada
- Ventajas fiscales, las cantidades reclamadas son compensables sobre la base imponible del Impuesto de Sociedades (Art. 12 Ley 43/1995 del Impuesto de Sociedades) y sobre el IVA (Art. 80 Ley del IVA).”
